El caso Senasa ha reabierto el debate sobre los límites entre los poderes del Estado. Miguel Valerio, abogado del principal implicado, cuestionó públicamente al presidente Luis Abinader: ‘No comprendo cómo un demócrata interfiere en un caso judicializado’. Sin embargo, expertos constitucionalistas consultados por este medio sostienen que el mandatario actúa dentro de sus atribuciones.
Según el artículo 147 de la Constitución, el presidente debe garantizar la calidad de los servicios públicos, incluyendo la salud. Las acciones de Abinader -ordenar auditorías y remitir hallazgos al Ministerio Público- responden a este mandato, no a injerencia judicial. Históricamente, los casos de corrupción en salud pública han sido manejados con opacidad.
La diferencia en este caso radica en la transparencia del proceso: auditorías internas, colaboración con fiscales y constitución como actor civil. El constitucionalista Rafael González señala: ‘El presidente no está instruyendo a los jueces, está protegiendo bienes públicos’. Datos oficiales muestran que Senasa maneja más del 3% del PIB en subsidios a la salud.
La rápida acción ejecutiva busca evitar el desvío de estos recursos, cruciales para población vulnerable. Más que interferencia, analistas ven aquí un cambio de paradigma en el manejo de casos de corrupción: transparencia proactiva en lugar de omisión cómplice.
Redacción Dialektosdigital
